
En Chile, el Sistema de Salud, sea Isapre o FONASA, puede ser complementado con seguros de salud, los cuales tienen por objetivo ampliar la cobertura de los usuarios.
Muchas veces estos seguros son entregados a los trabajadores de ciertas empresas como beneficio para ellos y sus familias, cuando esto ocurre las personas disminuyen considerablemente sus gastos en salud en caso de enfermedad.
Algunos de estos seguros también pueden ser contratados directamente por la persona, por lo que es recomendable conocer qué alternativas existen en el mercado y sus características.
El propósito del seguro es:
Atenuar los riesgos a que nos exponemos.
Brindar una sensación de tranquilidad y protección.
Compensar a una persona por una pérdida financiera.
Estar preparado para situaciones complejas.
Cuando contratamos un seguro, lo que estamos haciendo es «traspasar el riesgo» a un tercero (Compañía de Seguros), a cambio de una tarifa (Prima).
Seguro Complementario de Salud
Es una cobertura para prestaciones hospitalarias y ambulatorias. Entrega cobertura para la diferencia que se produce entre lo que aporta la institución previsional a la que la persona esta afiliada (Isapre o FONASA) y lo que debe pagar el asegurado (copago). Esta diferencia es cubierta por este seguro en un determinado porcentaje.
Dependiendo del plan contratado encontraremos topes por prestación y un tope anual.
Por lo general, en este tipo de seguros los beneficiaros son: el trabajador (titular), su cónyuge e hijos (menores de 24 años).
Seguro Catastrófico de Salud
Protege económicamente ante eventuales enfermedades o accidentes de elevado costo.
Por lo general, presentan un deducible determinado que tomará efecto cuando el beneficiario presente algún evento.
Dependiendo del seguro, el evento a cubrir puede ser ambulatorio (enfermedad que no necesita hospitalización, pero el costo de tratamiento supera el deducuble) u hospitalario (enfermedad que para ser tratada, el paciente debe internarse en un hospital o clínica).
Seguro Social Laboral
Existen algunos trabajos que son más peligrosos que otros; no obstante, todos los trabajos, independiente de su naturaleza, tienen algún grado de riesgo, desde un minero hasta una secretaria pueden sufrir algún tipo de daño en su trabajo.
De esta manera, es fundamental que los trabajadores tengan claro dónde acudir en caso de un accidente laboral, qué hacer si sufren un accidentre en el trayecto (traslado des un lugar de trabajo al hogar o viceversa), cómo se otorga cobertura, quién es el responsable de los gastos médicos, entre otras cosas.
¿Qué debemos hacer en caso de un accidente?
Accidente Laboral
El trabajador deberá informar a su jefe directo o supervisor a cargo, quien deberá coordinar el traslado del trabajador accidentado al centro asistencial más cercano (dependiendo de la mutual que esté adscrita la empresa).
La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo (formulario DIAT), para esto tiene un plazo máximo de 24 hrs. una vez ocurrido el accidente.
Accidente de Trayecto
Dirigirse a un centro asistencial más cercano (dependiendo de la mutual que esté adscrita la empresa). Informar a su jefatura o supervisor directo.
Si el accidente es de categoría GRAVE, dirigirse al centro asistencial o de atención médica más cercano al lugar del accidente para su primera atención de urgencia.
Realizar la denuncia ante Carabineros (obtención de parte policial).
La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo, DIAT, para esto tiene un plazo máximo de 24 hrs. una vez ocurrido el accidente.
No se considera un accidente de trayecto si el traslado desde mi hogar al trabajo o viceversa es interrumpido, por ejemplo: desviar el camino para comprar.
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